Registro de empresas

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Residencia temporal

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Cambio de patrono

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REGISTRO DE EMPRESA ANTE MIGRACIÓN

Cierto tipo de empresas costarricenses pueden solicitar su reconocimiento ante las Autoridades Migratorias para beneficiarse de un canal rápido y simplificado de resolución de las solicitudes de residencia, visa de estancia y cambio de patrono presentadas en el interés de sus empleados.

La ley migratoria de Costa Rica establece las siguientes categorías bajo las cuales una Empresa puede solicitar el reconocimiento:

  • Clasificación A: Régimen de Zona Franca;
  • Clasificación B: Exportación de Productos y Servicios (certificada por PROCOMER);
  • Clasificación C: Hoteles Turísticos (mínimo 4 estrellas), acreditados por el ICT;
  • Clasificación D: Instituciones Bancarias y Financieras;
  • Clasificación E: Telecomunicaciones;
  • Clasificación F: Empresas Multinacionales que operan en al menos tres (3) países distintos de Costa Rica;
  • Clasificación G: empresas que suscribieron un Acuerdo o ganaron una Licitación Pública con el Gobierno.

Una vez otorgado, el registro ante las Autoridades de Migración tendrá una vigencia de dos (2) años, renovables.

CRIBO coordinará la recopilación de los requisitos con la Compañía, brindando orientación y apoyo durante todo el proceso, de principio a fin.

Contáctenos para más información:

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Cierto tipo de empresas costarricenses pueden solicitar su reconocimiento ante las Autoridades Migratorias para beneficiarse de un canal rápido y simplificado de resolución de las solicitudes de residencia, visa de estancia y cambio de patrono presentadas en el interés de sus empleados.

La ley migratoria de Costa Rica establece las siguientes categorías bajo las cuales una Empresa puede solicitar el reconocimiento:

  • Clasificación A: Régimen de Zona Franca;
  • Clasificación B: Exportación de Productos y Servicios (certificada por PROCOMER);
  • Clasificación C: Hoteles Turísticos (mínimo 4 estrellas), acreditados por el ICT;
  • Clasificación D: Instituciones Bancarias y Financieras;
  • Clasificación E: Telecomunicaciones;
  • Clasificación F: Empresas Multinacionales que operan en al menos tres (3) países distintos de Costa Rica;
  • Clasificación G: empresas que suscribieron un Acuerdo o ganaron una Licitación Pública con el Gobierno.

Una vez otorgado, el registro ante las Autoridades de Migración tendrá una vigencia de dos (2) años, renovables.

CRIBO coordinará la recopilación de los requisitos con la Compañía, brindando orientación y apoyo durante todo el proceso, de principio a fin.

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